El IBI o Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un pago anual que tienen que abonar todos los propietarios de bienes inmuebles. Es un impuesto municipal, por lo que la cuantía dependerá de la administración local y se calcula con el valor catastral de la propiedad y el tipo impositivo que establezca el municipio, que suele rondar entre el 0,4 y el 1,3%. 

Si has instalado paneles solares, puedes optar a la bonificación del IBI de hasta el 50 %. La bonificación depende de la comunidad autónoma en la que residas, hay dos factores que variarán:

 

El ICIO o Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras grava la realización de una obra o instalación que exija una licencia de obras o urbanística. Igual que el IBI, es un impuesto regulado por la administración local, por lo que variará según donde residas. El ICIO se calcula a partir del coste total de la obra o instalación y el tipo impositivo que establezca el Ayuntamiento, que puede ser de hasta el 4%. Es un único pago al realizar la obra y la bonificación puede llegar hasta el 95%, dependiendo de dónde residas.

 

El IRPF o Impuesto de la Renta de las Personas Físicas puedes bonificarla con la instalación de paneles solares, pero hay dos condiciones:

Hay tres tipos de deducciones dependiendo de la mejora la eficiencia energética y de dónde has instalado las placas solares:

Subvenciones para placas solares en segundas viviendas

 

Al igual que en las viviendas habituales, también puedes obtener subvenciones en paneles solares para tu segunda residencia, como es el caso de la Comunidad Valenciana, que ofrecen subvenciones del 20% del coste total de la instalación de paneles solares.